RECURSOS HUMANOS
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Exposición a ruido y sustancias ototóxicas. Parte II
La evidencia sobre la peligrosidad para la audición por exposición a Sustancias Ototóxicas hace que desde el punto de vista preventivo sean consideradas sustancias especialmente peligrosas.
La prioridad debe ser su eliminación o sustitución. Si esto no es posible, se deberán adoptar medidas preventivas para reducir la exposición de los trabajadores:
o medidas técnicas,
o medidas organizativas,
o medidas de protección colectiva e individual.
El RD 286/2006 (exposición al ruido) indica que hay que considerar la interacción entre el ruido y las sustancias ototóxicas, pero no se especifican niveles ni valores límite de exposición.
La legislación actual establece unos límites máximos de exposición sonora para los trabajadores, para personas sin fragilidad coclear debida a la exposición a agentes ototóxicos.
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