INVESTIGACIÓN Y TRANSFERENCIA
TRANSFERENCIA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA
Publicadas las bases reguladoras de la convocatoria que concederá subvenciones en materia de información y transferencia agroalimentaria, previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón, 2014-2020
Con el objeto de que los grupos de investigación puedan ir contactando con los posibles beneficiarios de estas subvenciones y preparando su solicitud, desde el Vicerrectorado de Transferencia e Innovación Tecnológica de la UZ y a través de su OTRI, se informa de la publicación de estas bases cuyas características generales son las siguientes:
Proyecto
Se subvencionaran actividades de transferencia de conocimientos, información y tecnología agraria.
- Se consideran actividades subvencionables las relativas a la información y a la difusión de resultados y a la realización de ensayos comparativos de diferentes variedades y técnicas agrarias o forestales en diversas circunstancias que permitan conocer su adaptación a las necesidades de los sectores agrario y forestal aragonés.
Beneficiarios :
Las personas jurídicas y entidades asociativas de los sectores agroalimentario, forestal y medioambiental que reúnan los siguientes requisitos:
a) Que su actividad esté estrechamente relacionada con el medio agrario y rural aragonés. Esta condición la cumplirán tanto las asociaciones o entidades que agrupen agricultores, ganaderos o silvicultores, como las entidades que justifiquen una actividad profesional relevante en la transferencia, formación, asesoramiento o innovación. La actividad tendrá una incidencia territorial significativa en este ámbito en la Comunidad Autónoma de Aragón.
b) Que tengan su domicilio y sede en la Comunidad Autónoma de Aragón.
c) Dispongan de medios adecuados y de personal cualificado para la ejecución de las actividades objeto de subvención.
d) Designen a un responsable técnico con titulación universitaria en la rama correspondiente para la dirección técnica de la actividad, con sujeción a las instrucciones técnicas del Departamento competente en materia agraria del Gobierno de Aragón.
e) Acrediten experiencia concreta en el ámbito de la actividad a desarrollar.
- La Universidad no puede ser beneficiaria directa, pero se prevé que los beneficiarios puedan contratar los servicios de UZ para acometer estos proyectos.
- La cuantía máxima de subvención a conceder a los solicitantes seleccionados será del 80 % del gasto elegible justificado.
Más información: BASES REGULADORAS