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Evaluación
de la actividad investigadora del profesorado de cuerpos docentes |
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El Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, BOE nº 216 de 9 de septiembre,
sobre retribuciones del profesorado universitario (modificado por el RD 1949/95,
de 1 de diciembre, BOE nº 16, de 18 de enero de 1996, por el RD 74/2000,
de 21 de enero, BOE nº 19, del 22 y por el RD 1325/2002, de 13 de diciembre,
BOE nº 305, del 21) establece en su artículo 2º, apartado 5.6,
lo siguiente: "Las evaluaciones por cada Universidad y por la Comisión
Nacional se realizarán una sola vez al año, a cuyo efecto los
interesados formularán sus solicitudes antes del día 31 de diciembre
del año en que se cumple el pertinente periodo a evaluar".
- Resolución
de 28 de noviembre de 2018, (publicada en BOE núm. 289, de 30
de noviembre de 2018) de la Secretaría de Estado de Universidades,
Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se fija
el procedimiento y plazo de presentación de solicitudes de evaluación
de la actividad investigadora a la Comisión Nacional Evaluadora de
la Actividad Investigadora.
- Resolución
de 14 de noviembre de 2018, de la Comisión Nacional Evaluadora
de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos
aprobados para cada uno de los campos de evaluación. (BOE núm
285, de 26 de noviembre).
La solicitud se tramitará de acuerdo con las normas contenidas en el
apartado 4 del anexo de la citada resolución de 28 de noviembre de 2018.
Los interesados podrán dirigirse a soporte.sede@mecd.es,
en horario de lunes a jueves, de 9:00 a 18:00 horas, y viernes, de 8:30 a 15:30
horas, para consultas relacionadas con la aplicación informática.
Los interesados podrán dirigirse a la CNEAI para cualquier consulta
relacionada con esta convocatoria que no corresponda a la aplicación
informática, en horario de lunes a jueves de 8.30 horas a 17:00 horas,
y viernes de 8:30 horas a 15:00 horas. Por soporte electrónico a la cuenta:
ayuda.cneai@aneca.es o a través
de los teléfonos que se encuentran en la página web de la ANECA.
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