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Advertencias previas.
En la aplicación Medonte http://www.unizar.es/medonte/
se han incluido todas las solicitudes de los profesores, que reuniendo los requisitos
de la convocatoria publicada por RESOLUCIÓN
de 22 de abril de 2008, de la Universidad de Zaragoza (BOE nº 56, de
12 de mayo), se han presentado en el plazo extraordinario hasta el 2 de junio
de 2008, inclusive.
Plazo en que va a estar disponible
la aplicación. Hasta el 12 de julio
de 2008. Posteriormente se abrirá otro plazo, entre el 1 y el 12 de septiembre
de 2008, los profesores podrán consultar que méritos de los que
hayan incorporado y consolidado han sido validados a efectos de la evaluación
del año 2008.
Las solicitudes que se han presentado
con posterioridad se irán incluyendo a medida que se
vayan recibiendo y se compruebe que los interesados cumplen los requisitos.
Méritos incorporados automáticamente.
En la información que aparece en la aplicación figuran los méritos
que los interesados hicieron constar en su solicitud como “Mérito
1” y “Mérito 2”, si bien y por razones de estructura
ha sido preciso codificarlos con tres dígitos, el primero de los cuales
se corresponde con el número del epígrafe principal de cada uno
de los apartados ( 1 a 8) de los méritos que se incluían al dorso
del modelo de solicitud. Esto ha sido necesario dado que en el contenido de
los epígrafes, en general, se recoge más de un mérito que
poder alcanzar o cuando apareciendo solamente uno, al menos hay dos posibilidades
de que el mérito se pueda acreditar. El desglose de dichos méritos
y la codificación de los mismos puede consultarse en el documento ”Desglose
y codificación de méritos”, del apartado de “Normativa”
teniendo en cuenta que sólo se han utilizado los códigos y desglose
que aparecen en negrita en dicho documento.
Algunos méritos,
de los indicados en la solicitud, no se han podido
cargar en la aplicación pues no ha sido posible encuadrarlos
en los códigos asignados. Si, cuando acceda a la aplicación y
aparezcan sus datos, falta uno o los dos méritos, consulte la solución
a este tipo de pregunta de entre las que figuran a continuación.
¡Atención!
Es conveniente que todos los profesores que han presentado solicitud, comprueben
que los méritos que indicaron en la misma se hallan incluidos en la aplicación
“Medonte”, con independencia de si están ya consolidados o en fase de
consolidación. Pero sólo deben acreditar
en la aplicación aquellos que hayan sido consolidados entre el 21/9/2006
y el 20/9/2008, para lo cual deberán incluir la fecha de consolidación
en el campo correspondiente de la citada aplicación.
1. Los méritos que indiqué en la solicitud/compromiso
ya los tenía consolidados en el momento de su presentación y acompañé
la documentación acreditativa en soporte de papel. ¿Debo hacer
algo?
Sí. Debe comprobar en la aplicación “Medonte” que los méritos,
con arreglo a la codificación que se ha efectuado para dicha aplicación
(ver el documento ”Desglose y codificación de méritos”,
del apartado de “Normativa”), los tiene incluidos y comprobar si también
aparece un documento en pdf que contenga los datos mínimos para acreditar
dicho mérito, así como la fecha de consolidación del mérito.
Si estuviera el mérito pero no el documento pdf es preciso incorporar
dicho documento asociado al mérito correspondiente con la aplicación
“Medonte”.
2. ¿Qué sucede si aparece un mérito en la aplicación
pero no lo tengo consolidado?
La solicitud presentada es una solicitud/compromiso de cumplir, en el período
que transcurre entre el 21/9/2006 y el 20/9/20011, al menos dos de los méritos
exigidos en el apartado segundo, subapartado 3) Complemento de docencia, méritos
1) a 8) de la
RESOLUCION de 4 de abril de 2008, (BOA nº 46, del 21) de la Dirección
de la Agencia de Calidad y Prospectiva Universitaria de Aragón y que
se incluyeron al dorso de la solicitud.
La solicitud/compromiso de cumplir al menos dos de los méritos,
es condición suficiente para poder percibir el complemento de docencia
a condición de que, en el período indicado, el profesor consolide
el mérito y sea evaluado de forma positiva. A partir de éste momento,
la cuantía correspondiente del citado complemento se consolida a los
efectos del contrato programa, siempre que el profesor reúna los demás
requisitos para su percepción y en función del momento en que
presentó la solicitud/compromiso.
3. Una vez presentada la solicitud/compromiso, ¿tengo que hacer
algún trámite más?
Sí. Los méritos a los que se haya comprometido cada profesor deben
ir alcanzándose en el plazo indicado y, a medida que se consolidan, el
profesor debe incluirlos en la aplicación “Medonte”
adjuntando, en su caso, la documentación acreditativa en formato pdf.
(se recomienda consultar el documento ”Desglose y codificación
de méritos” para ver qué méritos requieren aportación
documental en formato pdf.).
El plazo durante el que dicha aplicación está
disponible es desde el 1 de enero hasta el último día del período
lectivo del correspondiente mes de julio cada año (en 2008 finaliza el
día 12), para que cada profesor incorpore los méritos que vaya
consolidando, teniendo en cuenta que podrá incluir aquellos méritos
cuya fecha de consolidación se vaya a demorar hasta el 20 de septiembre
de ese mismo año.
4. No aparecen mis datos en la aplicación.
Si después de introducir su NIP y su clave administrativa, no aparecen
sus datos en la aplicación.
Posibles causas y solución, en su caso:
- No ha presentado solicitud.
- Si reúne los requisitos de la convocatoria, está a tiempo
de presentarla en período ordinario hasta el día 12 de
julio de 2008. En este caso el compromiso se adquiere respecto del año
2008 en adelante y los efectos económicos, en su caso, serán
de 1 de enero de 2009.
- Ha presentado la solicitud pero no reúne los requisitos de ser
profesor de la universidad a tiempo completo, de acuerdo con la convocatoria.
- En breve recibirá contestación por escrito.
- Ha presentado la solicitud con posterioridad al 2 de junio de 2008 y reúne
los requisitos de la convocatoria.
- Sus datos aparecerán en breve y tendrá que incorporar
los méritos correspondientes en la aplicación web, para
lo cual hay de plazo hasta el 12 de julio de 2008.
5. Los méritos que aparecen en mis datos no se corresponden con
los que yo indiqué, o no aparece ningún mérito.
Posibles causas y solución, en su caso:
- No ha sido posible incluir los méritos que indicó en los
códigos y desglose que se ha efectuado en la estructura de la aplicación,
o no consta la indicación de ningún mérito en su solicitud.
- Revise el desplegable de méritos que encontrará en la
pantalla de la aplicación y seleccione los que cree que se corresponden
con los que Vd. indicó en su solicitud, o consulte el documento
”Desglose y codificación de méritos”
que se encuentra en el apartado “Normativa”.
- Puede haber existido un error, bien entre la asociación del mérito
con el nuevo código y el que Vd. hizo constar en su solicitud/compromiso
o se ha producido un error en la carga de datos en la aplicación
“Medonte”.
- Revise el desplegable de méritos que encontrará en
la pantalla de la aplicación y seleccione los que cree que se
corresponden con los que Vd. indicó en su solicitud, o consulte
el documento ”Desglose y codificación de
méritos” que se encuentra en el apartado “Normativa”.
6. Deseo cambiar la opción de méritos que hice constar
en la solicitud y que aparece en la aplicación.
Forma de actuar:
- Entre en la aplicación Medonte, vía web, sitúese
en la línea donde aparezca el mérito que desea sustituir y
seleccione el botón “Borrar mérito”.
Después seleccione el botón “Añadir”
y elija la opción que considere adecuada en el desplegable con el
conjunto de méritos y no olvide incorporar, en su caso, el documento
acreditativo del mérito. Esta opción es válida en tanto
Vd. no haya hecho constar la fecha de consolidación del mérito.
7. ¿Cómo se acreditan los méritos cuando ya se
hayan consolidado e incluido en la aplicación “Medonte” y como se validan?
Hay méritos que serán acreditados de oficio y validados por las
distintas unidades administrativas de la Universidad, en función de los
datos que consten en las mismas y otros que es necesaria la aportación
de documentación por parte del profesor afectado en soporte pdf e incluirlos
en la aplicación.
Para ver que méritos se acreditan de oficio y se validan
por las diferentes unidades y en cuales debe aportarse documentación
concreta para su validación, consulte el documento
“Desglose y codificación de méritos” que se halla en el
apartado “Normativa”.
Méritos a acreditar de oficio y validar por las diferentes
unidades administrativas. Para ello es preciso que el profesor compruebe que
el mérito está incluido en la aplicación “Medonte”,
con el código correspondiente. El profesor deberá indicar en la
aplicación la fecha de consolidación del mérito. En general,
éstos méritos se corresponden con aquellos que han sido alcanzados
en el ámbito de la Universidad de Zaragoza (excepto artículos,
libros, manuales etc, que no estén incluidos en el programa PESUZ-ADD)
Méritos que precisan acreditación documental
para que sean validados por las unidades correspondientes Para ello es preciso
que el profesor compruebe que el mérito está incluido en la aplicación
“Medonte”, con el código correspondiente,
debiendo incorporar la fecha de consolidación y el documento acreditativo
en formato pdf, en su caso. En general, éstos méritos se corresponden
con aquellos que han sido alcanzados fuera del ámbito de la Universidad
de Zaragoza.
8. ¿Qué debe entenderse por consolidación de mérito
y que fecha debe consignarse?.
La consolidación de un mérito supone que éste
haya obtenido plenos efectos.
La fecha de consolidación de los méritos
debe encontrarse entre el 21-9-2006 y el 20-9-2011 (recuérdese
que, para la evaluación del presente año, la fecha de consolidación
debe encontrarse entre el 21-9-2006 y el 20-9-2008). Así, cuando
un mérito se alcanza por la acumulación de varias acciones, la
fecha de consolidación de todas y cada una de ellas debe encontrarse
en el intervalo de fechas indicado (méritos serie 300, 400, 500, 600,
etc.).
Ejemplos:
Méritos 410 ó 420. En el caso de evaluaciones
de docencia, se debe consignar la fecha del último día del curso
académico al que corresponda la evaluación
Mérito 511. Si una persona ha hecho
constar como mérito el código 511, tendrá el mérito
consolidado cuando concluya su participación en el tercer tribunal
de tesis doctoral. A cuyos efectos tendrá que indicar la fecha
de lectura de la última tesis doctoral, pero teniendo en cuenta
que la participación en los tres tribunales se ha tenido que producir
en el intervalo de fechas indicado en el párrafo anterior. Idéntico
criterio debe aplicarse para el caso del mérito 512,
respecto de los tribunales DEA.
Méritos 730, 740, 750. Se indicará
la fecha de edición de la publicación, o de finalización
del congreso, salvo que en el documento acreditativo que se incorpore en PDF
figure otra distinta. Cuando sólo aparezca el año de la edición,
puede indicarse como fecha de consolidación la de 20 de septiembre
del año correspondiente.
9. Tengo problemas para acceder a la aplicación
desde mi ordenador.
Dada la imposibilidad de asegurar la ejecución de las páginas
web en todos los navegadores, la solución es tener instalado algún
navegador en el que se sabe que la página funciona.
Los navegadores por defecto para pruebas y desarrollo son Internet
Explorer v6 para PC y FireFox v2.
Para las personas que, desde su ordenador Mac,
tenga problemas para el acceso a la página web de “medonte” o cuando
acceden no ven toda la pantalla, se propone como solución instalar el
navegador FireFox o la posibilidad de buscar un pc desde el que rellenar los
méritos.
El FireFox para Mac OS, Windows o Linux puede descargarse desde
el siguiente enlace: http://www.mozilla.com/en-US/firefox/all.html#es
Se recomienda tenerlo instalado ya que muchas de las aplicaciones
de la universidad no son probadas en entornos Mac debido a que los desarrolladores
carecen de equipos en los que realizar las pruebas.
10. No tengo acceso a un escáner que me agrupe
en un único documento las páginas para acreditar cada mérito
que requiere aporte documental, o tengo problemas con el escaneado de los documentos.
Las personas que no puedan acceder a un escáner pueden efectuar el escaneo
de la documentación a través de los talleres de reprografía
de los centros. De esta forma, una vez que en dichos talleres se hayan escaneado
los documentos, se remiten a la dirección de correo electrónico
de la persona interesada y posteriormente, ella podrá subir los documentos
pdf que corresponda a la aplicación “medonte”,
siguiendo las instrucciones existentes.
Se recuerda que sólo deben escanearse las páginas
necesarias, según se indica en cada uno de los méritos, que necesita
aporte documental, cuya información se recoge en el documento “Desglose
y codificación de méritos” que se halla en el apartado
“Normativa”.
También se recuerda que las páginas correspondientes
a cada mérito deben formar un único documento pdf que es el que
se incorporará a la aplicación “medonte”.
11. ¿Qué efectos produce la evaluación positiva
y cuales la evaluación negativa?
Hay que distinguir entre la evaluación para obtener el complemento de
dedicación y la evaluación para obtener el complemento de docencia.
- La evaluación para el complemento de dedicación
debe hacerse todos los años, para todas las personas que formularon
solicitud/compromiso tanto en el plazo inicial extraordinario (mayo de 2008),
como en el plazo ordinario de cada año hasta el 12 de julio. A tales
efectos se recuerda que el informe favorable por esta dimensión de
evaluación se obtiene por “la ausencia de sanción firme
correspondiente a infracciones cometidas durante el curso correspondiente
en concepto de falta grave o muy grave” tal como se recoge en el apartado
“6. Criterios de la evaluación” de la RESOLUCIÓN
de 22 de abril de 2008, de la Universidad de Zaragoza (BOA nº 56,
de 12 de mayo). El primer curso de referencia a estos efectos es el 2006-2007
y el último el 2010-11. Así pues, en este caso, el informe
sólo podrá ser favorable o desfavorable y se requiere, necesariamente,
un pronunciamiento anual. Esta evaluación, así como la situación
de prestación de servicios en esta Universidad, condicionan la percepción
del complemento de dedicación del año correspondiente que
se materializa mensualmente durante el año siguiente.
- La evaluación del complemento de docencia es
suficiente con que se realice una vez a lo largo de la duración del
contrato programa para todas las personas que formularon solicitud/compromiso
tanto en el plazo inicial extraordinario (mayo de 2008), como en el plazo
ordinario de cada año hasta el 12 de julio. A tales efectos se recuerda
que el informe favorable por esta dimensión de evaluación
se obtiene por “el progresivo cumplimiento de reunir al menos dos méritos
de los que se recogen en el apartado segundo, subapartado 3) Complemento
de docencia, méritos 1) a 8) de la RESOLUCION
de 4 de abril de 2008, (BOA nº 46, del 21) durante los cursos 2006/2007
a 2010/2011” tal como se recoge en el apartado “6. Criterios de
la evaluación” de la
RESOLUCIÓN de 22 de abril de 2008, de la Universidad de Zaragoza
(BOA nº 56, de 12 de mayo). El primer curso de referencia a estos efectos
es el 2006-2007 y el último el 2010-11. Dado que los dos méritos,
que como mínimo, se precisan alcanzar para obtener la evaluación
positiva, se pueden obtener entre el 21-9-2006 y el 20-9-2011, en la evaluación
del año 2008 sólo se someterán a evaluación
aquellas personas que hayan alcanzado, hasta el 20-9-2008, los dos méritos.
Por lo tanto, el resultado de la evaluación será positivo
o sin evaluación, pues el pronunciamiento negativo
sólo podrá efectuarse si, llegados a la evaluación
del año 2011, las personas de que se trate no han alcanzado hasta
el 20-9-2011 los dos méritos que como mínimo se requieren.
-
Así pues, una vez obtenida la primera evaluación
positiva, las personas afectadas ya no tendrán que volver a ser evaluadas
durante el resto de la duración del Contrato-programa y percibirán
el complemento de docencia hasta el año 2012, en función
de su situación de prestación de servicios, anual, en esta
Universidad y tampoco tendrán que acreditar nuevos méritos.
Si en la última evaluación, que lo será en
el año 2011, no se hubiesen alcanzado como mínimo dos de los
requisitos, y dado que las cuantías de este complemento se perciben
a cuenta, bajo la condición de que se obtenga la evaluación
positiva, deberán ser reintegradas.
En definitiva, el complemento de docencia se percibe
desde el primer año hasta el último (2008 y 2012 respectivamente)
en función de la situación de dedicación a tiempo completo
durante el año inmediato anterior, si se presentó solicitud/compromiso
en el plazo extraordinario para tener derecho a las cantidades del año
2007 que se perciben en el 2008, siempre que se reúna el resto de
requisitos. La evaluación positiva es suficiente con que se obtenga
al final del período (la última tendrá lugar en el
año 2011) pudiendo consolidarse el complemento para este Contrato-programa,
por haber alcanzado dos de los méritos exigidos, en cualesquiera
de cada una de las evaluaciones anuales.
Quienes no presentaron solicitud/compromiso en el plazo
extraordinario pero sí lo hicieron entre el 3 de junio y el 12 de
julio de 2008, su solicitud tendrá efectos económicos el 1
de enero de 2009, cumplidos los demás requisitos. A partir de ese
momento, quienes nunca hubieran presentado solicitud, podrán hacerlo
en el plazo ordinario de cada año desde el 1 de enero hasta el último
día lectivo del mes de julio (desde el 2009 hasta el 2011). También,
cada año en dicho plazo, los que no hubieran alcanzado la evaluación
positiva para el complemento de docencia, podrán cambiar los méritos
a los que se comprometieron no consolidados ni validados, por otros que
puedan consolidar.
-
Los resultados del informe de valoración correspondientes
al año 2008, que efectuará el Comité Evaluador, se
podrán consultar, de forma individual, a partir del 1 de octubre
de 2008 en la aplicación “medonte”,
en la página web: http://www.unizar.es/medonte/
12. Consulta de méritos validados y algunas
notas de advertencia en la validación de méritos.
A partir de 1 de septiembre y durante 12 días naturales, cada profesor
podrá consultar los méritos que, habiendo sido incorporados por
él en la aplicación “medonte”, le
han sido validados con objeto de la evaluación correspondiente al año
en curso, pero teniendo en cuenta, en su caso, los méritos alcanzados
consolidados desde el 21-9-2006.
En esta fase no será posible modificar ninguno de los
datos que aparecen en la aplicación.
Los méritos validados aparecen en la pestaña
“listado de méritos” de la aplicación
“medonte” con la indicación “S”,
que significa SI, en la columna que lleva por título
“validado”. Aquellos que aparecen con una “N” no han sido validados.
Notas de advertencia en la validación de méritos.
En la aplicación se cargaron los méritos que los interesados hicieron
constar en la solicitud/compromiso inicial y se ha respetado la inclusión
de otros méritos o la modificación de los existentes, a voluntad
del interesado, con su actuación personal en la aplicación “medonte”
hasta el 12 de julio, fecha a partir de la cual se cerró la aplicación
para poder empezar a validar méritos de cara a la evaluación del
año en curso.
Méritos que no se han podido validar:
- Aquellos que requerían incorporar un documento en formato “pdf”
y no fue incorporado por el interesado durante el plazo existente para ello
(hasta el 12 de julio).
- Aquellos méritos cuyo documento incorporado no es suficiente para
acreditar la existencia y consolidación del mérito. Por ejemplo,
en el mérito 720 que trata de la organización de congresos,
no se han validado documentos que sólo acreditan la concesión
de una ayuda para su organización sin que aparezca ningún
otro documento que acredite que tal congreso se ha organizado y que el interesado
figura en el comité organizador.
- En muy pocos casos, algunos documentos no se han podido leer pues, a
pesar de que aparecen asociados al mérito correspondiente con el
anagrama del documento en “pdf”, en la identificación del mismo sólo
aparece la extensión “pd”.
- Aquellos méritos que requieren de la acumulación de dos
acciones y sólo se ha acreditado la consolidación de una de
ellas como sucede, por ejemplo, con los méritos:
- 420, haber obtenido dos evaluaciones positivas destacadas.
- 511, participación en al menos tres tribunales de tesis.
- 740, publicaciones en revistas de investigación no indexadas
en el JCR, que no tengan índice de impacto o no tengan proceso
anónimo de revisión por pares.
- 750, presentación de comunicaciones en congresos nacionales.
- Otros de características similares.
- Alguno de los méritos incorporados en el código 720 (organización
de congresos nacionales o internacionales), cuando de los documentos incorporados
de deduce que se trata de seminarios para la impartición de cursos
o acciones similares.
- Alguno de los méritos incorporados en el código 740, (publicación
de trabajos en revistas …) cuando de los documentos incorporados y de las
consultas efectuadas, tanto en bases de datos, como de otro tipo, no ha
sido posible determinar la adecuación de la publicación a
los requerimientos del mérito, o sólo se ha incorporado un
documento si se trata del último de los supuestos que contiene el
mérito (… otras publicaciones en revistas de investigación
(2)).
- Aquellos méritos, cuya fecha de consolidación se ha comprobado
que es anterior a 21-9-2006, tampoco han sido validados, ya que no se han
consolidado dentro del período establecido (21-9-2006 a 20-9-2011).
3. Alegaciones.
Quienes deseen formular alegaciones a la validación de méritos,
podrán hacerlo durante el mismo plazo de los 12 días naturales
en que pueden consultarse aquellos, para lo cual podrán utilizar el modelo
que se facilitará en la página web donde está ubicada la
aplicación “medonte”
http://www.unizar.es/medonte/
Las alegaciones irán dirigidas al Vicerrector de Profesorado
y se podrán presentar en el Registro General de la Universidad y en cualesquiera
de sus registros auxiliares, dentro del plazo indicado.
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