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Protocolo de actuaciónEl personal que por necesidades laborales deba remitir o trasladar datos personales en dispositivos portátiles, expedientes en papel o remitir datos personales por correo electrónico, deberá seguir el siguiente procedimiento, exigido en el RD 1720/2007: El traslado de datos personales deberá ser autorizado por el Responsable del Fichero a petición del Encargado Interno del Tratamiento, debiendo indicar en dicha solicitud:
Para llevar a cabo este protocolo de actuación, se recomienda:
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