
Como consecuencia de la publicación de la Directiva 82/501/CEE conocida como Seveso I (ya derogada), y su transposición a la legislación española en los Reales Decretos 886/88 y 952/90, también derogados, se vio la necesidad de proporcionar a los técnicos y organismos de las administraciones implicadas en su aplicación, determinadas herramientas matemáticas que permitieran planificar adecuadamente medios y recursos para hacer frente a los posibles accidentes de origen químico que pudieran tener lugar en determinadas actividades industriales.
Por otra parte, la Directriz Básica para la Elaboración y Homologación de los Planes Especiales del Sector Químico, que desarrolla las anteriores normativas, incorpora bases y criterios de carácter técnico en relación con los fenómenos peligrosos que eventualmente pudieran producirse en estas actividades industriales, principalmente del sector químico.
La nueva regulación sobre accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas, el Real Decreto 1254/1999 ha venido a corroborar y confirmar la necesidad de utilizar análisis sistemáticos de este tipo de establecimientos con la finalidad de determinar los riesgos que implica la presencia de sustancias peligrosas y las consecuencias de los posibles accidentes que pudieran producirse.
El objeto de este documento es proporcionar a los técnicos en seguridad industrial las adecuadas herramientas y métodos matemáticos para la correcta determinación de las consecuencias de los accidentes que se pueden producir en los establecimientos en los que se encuentren presentes sustancias peligrosas en cantidades apreciables.
Los diversos tipos de accidentes graves a considerar en los establecimientos en los que haya sustancias peligrosas, pueden producir determinados fenómenos peligrosos para las personas, el medio ambiente y los bienes materiales:
Para cada uno de estos fenómenos peligrosos, se establecen una serie de variables físicas, que definen unos criterios de vulnerabilidad cuyas magnitudes se consideran representativas para la evaluación del alcance del fenómeno peligroso considerado.
De la aplicación de estos criterios de vulnerabilidad a partir de las variables físicas y químicas que caracterizan los fenómenos peligrosos generados según los tipos genéricos de accidentes potenciales que se pueden producir, se delimitan una serie de zonas objeto de planificación, es decir, áreas alrededor del foco del accidente en las que es preciso tomar alguna medida de protección para las personas, el medio ambiente y los bienes materiales porque, en alguna medida sufrirán las consecuencias del propio accidente.
Estas zonas son las siguientes:
La definición de zonas objeto de planificación o zonas de influencia presuponen la existencia de elementos vulnerables en las mismas, de manera que las áreas afectadas por un accidente que no coincida con elementos vulnerables, no requiere más medidas que las de aislamiento o señalización.
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