|
|
|
|
Evaluación
de la Actividad Docente |
|
|
|
Procedimientos de realización de encuestas y evaluación
del profesorado
Quinquenios
El Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto (BOE nº 216 de 9 de septiembre),
sobre retribuciones del profesorado universitario (modificado por el RD 1949/95,
de 1 de diciembre, BOE nº 16, de 18 de enero de 1996, y por el RD 74/2000,
de 21 de enero, BOE nº 19, del 22) establece en su artículo 5.6
lo siguiente: "Las evaluaciones por cada Universidad y por la Comisión
Nacional se realizarán una sola vez al año, a cuyo efecto los
interesados formularán sus solicitudes antes del día 31 de diciembre
del año en que se cumple el pertinente periodo a evaluar. En su caso,
los correspondientes efectos económicos se iniciarán el 1 de enero
del año siguiente aún cuando la evaluación se efectúe
con posterioridad a dicha fecha.
|
|
|