Cambio de estudios (a GRADO)
¿Quienes pueden solicitar cambio de estudios?
Pueden presentar cambio de estudios:
- Los estudiantes con estudios universitarios oficiales españoles parciales que deseen ser admitidos en estudios oficiales de Grado y se les reconozca un mínimo de 30 créditos de acuerdo con lo dispuesto en artículo 6 del Real Decreto 1393/2007.
- Los estudiantes con estudios universitarios extranjeros parciales, o totales que no hayan obtenido la homologación de su título en España, que deseen ser admitidos en estudios oficiales de Grado y se les convalide un mínimo de 30 créditos.
- Los estudiantes con estudios universitarios oficiales parciales cursados en la Universidad de Zaragoza, que deseen cambiar de estudios y/o centro de la misma para cursar estudios oficiales de Grado y se les reconozcan un mínimo de 30 créditos.
Los estudiantes a los que no se les reconozca o convalide en mínimo de 30 créditos a que se refieren los apartados anteriores, deberán presentar solicitud de admisión.
¿Cómo se presenta?
Para presentar la solicitud de cambio de estudios se deberá completar el impreso oficial de cambio de estudios y:
- entregarla directamente en la secretaría del Centro
enviarla por correo certificado o por cualquier otro de los procedimientos que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de Enero.
Para presentar la solicitud de cambio de estudios para el curso 2012-2013 en estudios de grado, la nueva normativa de la Universidad de Zaragoza conttempla dos periodos de adminisión:
- El primero del 14 al 28 de mayo de 2012
- El segundo del 3 al 14 de septiembre de 2012
¿Qué documentación hay que aportar?
Junto con la solicitud de cambio de estudios se deberá presentar:
- Fotocopia del DNI o pasaporte
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Fotocopia y original para su cotejo, o fotocopia compulsada, de la certificación académica personal completa de los estudios cursado, en la que consten todas las asignaturas, incluidas la no superadas y las no presentadas, con indicación de las convocatorias agotadas, así mo los programas de las asignaturas que se pretenden reconocer.
- Certificación en la que conste que el estudiante cumple el régimen de permanencia en su Universidad.
No será necesario aportar estas certificaciones si el expediente procede de la Universidad de Zaragoza.
- Fotocopia sellada de los programas/contenidos/competencias de las diferentes asignaturas cursadas.
Las certificaciones y los documentos oficiales expedidos en el extranjero deberán presentarse legalizados por vía diplomática o, en su caso, mediante la apostilla del Convenio de la Haya [este requisito no será se exigirá a los documentos expedidos por las autoridades de los Estados miembros de la UE o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo].
Los documentos deberán ir acompañados, en su caso, de la correspondiente traducción oficial al castellano [excepto si están en idioma inglés].
Resolución de las solicitudes
El Decano resolverá las solicitudes en el plazo de tres meses. La aceptación o denegación de la solicitud será comunicada individualmente a cada uno de los interesados.
La adjudicación de plaza dará lugar al traslado del expediente académico correspondiente, el cual deberá ser tramitado por la universidad de procedencia, una vez que el interesado acredite haber sido admitido en la Universidad de Zaragoza.
Recursos
Contra la resolución de denegación de cambio de estudios, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Rector, conforme a lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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