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Este espacio dispone de
implementos y estructuras que, por un lado, posibilitan y permiten
el acceso y la seguridad de los usuarios y por otro, la práctica
de la escalada a diferentes niveles de exigencia deportiva. Para
garantizar la seguridad de todos los usuarios y reducir los riesgos
de accidentes, así como mantener la instalación
en las mejores condiciones de uso, se establecen las siguientes
normas de uso de estricto cumplimiento:
1.- Está terminantemente
prohibido:
1.1. Modificar
la actual disposición de los implementos y estructuras
que configuran el rocódromo.
1.2. Permanecer sentados o impidiendo la circulación en
las escaleras, paralelas y zona superior del extraplomo. Estas
zonas deberán ser utilizadas exclusivamente para el acceso
a la instalación, para instalar medidas de seguridad y/o
para realizar técnicas de descenso.
1.3. Introducirse o descender por el interior de la estructura
del extraplomo, es decir, deberá utilizar exclusivamente
la escalera.
1.4. Subirse a las vallas o sobrepasar los límites del
espacio delimitado.
1.5. Introducir materiales que dañen o deterioren la estructura
del rocódromo.
1.6. Fumar, comer, e introducir recipientes de cristal.
2.- No podrá haber
más de dos escaladores simultáneamente en
la misma vía o itinerario.
3.- No podrán estar escalando
a la vez los dos miembros de la pareja.
4.- No podrán establecerse
cruces de cuerdas de seguridad de diferentes parejas.
5.- Para los seguros y las reuniones
sólo deberán utilizarse los elementos específicos
destinados al efecto.
6.- Deberán colocarse todos los
seguros instalados en el transcurso de una vía o itinerario.
7.- Los descuelgues o reuniones no podrán
ser utilizados por más de un escalador de forma simultánea.
8.- Material.-
8.1. Todo el material
que se utilice será aportado por el usuario y deberá
cumplir la normativa de seguridad de la Comunidad Europea, siendo
de obligatorio uso:
a.-
cuerda de escalada.
b.- arnés de escalada.
c.- mosquetones, ochos y cintas para seguros.
d.- pies de gato o zapatillas deportivas.
8.2. No se podrán
introducir materiales que puedan deteriorar o impidan el uso
de las vías de escalada.
8.3. Las bolsas y mochilas deberán guardarse en las taquillas
dispuestas en la planta calle del PPU. Sólo se permitirán
aquéllas que se utilicen para el transporte del material.
9.- Régimen Disciplinario.-
9.1.- La no observancia
de estas normas de uso y de aquellas otras que se pudieran establecer
al efecto; las acciones u omisiones que durante el uso de esta
instalación vulneren, impidan o perturben la correcta
utilización de la misma, conllevará al desalojo
inmediato de la instalación y la apertura del expediente
sancionador por la Dirección del Servicio de Actividades
Deportivas.
9.2.- El Servicio de Actividades Deportivas tomará en
depósito los carnets de identificación de los usuarios
infractores hasta que sea resuelto el expediente sancionador.
9.3.- Para la aplicación de las sanciones será
de aplicación lo dispuesto en la normativa sancionadora
de la Universidad de Zaragoza.
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