Este espacio dispone
de implementos y estructuras que,
por un lado, posibilitan y permiten
el acceso y la seguridad de los usuarios
y por otro, la práctica de
la escalada a diferentes niveles de
exigencia deportiva. Para garantizar
la seguridad de todos los usuarios
y reducir los riesgos de accidentes,
así como mantener la instalación
en las mejores condiciones de uso,
se establecen las siguientes normas
de uso de estricto cumplimiento:
1.- Está terminantemente
prohibido:
1.1. Modificar la actual
disposición de los implementos
y estructuras que configuran el
rocódromo.
1.2. Permanecer sentados o impidiendo
la circulación en las escaleras,
paralelas y zona superior del extraplomo.
Estas zonas deberán ser utilizadas
exclusivamente para el acceso a
la instalación, para instalar
medidas de seguridad y/o para realizar
técnicas de descenso.
1.3. Introducirse o descender por
el interior de la estructura del
extraplomo, es decir, deberá
utilizar exclusivamente la escalera.
1.4. Subirse a las vallas o sobrepasar
los límites del espacio delimitado.
1.5. Introducir materiales que dañen
o deterioren la estructura del rocódromo.
1.6. Fumar, comer, e introducir
recipientes de cristal.
2.- No podrá
haber más de dos escaladores
simultáneamente en la misma
vía o itinerario.
3.- No podrán estar
escalando a la vez los dos miembros
de la pareja.
4.- No podrán establecerse
cruces de cuerdas de seguridad
de diferentes parejas.
5.- Para los seguros y las
reuniones sólo deberán
utilizarse los elementos específicos
destinados al efecto.
6.- Deberán colocarse
todos los seguros instalados en el
transcurso de una vía o
itinerario.
7.- Los descuelgues o reuniones
no podrán ser utilizados por
más de un escalador de forma
simultánea.
8.- Material.-
8.1. Todo el material que se utilice
será aportado por el usuario
y deberá cumplir la normativa
de seguridad de la Comunidad Europea,
siendo de obligatorio uso:
a.- cuerda
de escalada.
b.- arnés de escalada.
c.- mosquetones, ochos y cintas
para seguros.
d.- pies de gato o zapatillas deportivas.
8.2. No se podrán
introducir materiales que puedan
deteriorar o impidan el uso de las
vías de escalada.
8.3. Las bolsas y mochilas deberán
guardarse en las taquillas dispuestas
en la planta calle del PPU. Sólo
se permitirán aquéllas
que se utilicen para el transporte
del material.
9.- Régimen Disciplinario.-
9.1.- La no observancia de estas
normas de uso y de aquellas otras
que se pudieran establecer al efecto;
las acciones u omisiones que durante
el uso de esta instalación
vulneren, impidan o perturben la correcta
utilización de la misma, conllevará
al desalojo inmediato de la instalación
y la apertura del expediente sancionador
por la Dirección del Servicio
de Actividades Deportivas.
9.2.- El Servicio de Actividades Deportivas
tomará en depósito los
carnets de identificación de
los usuarios infractores hasta que
sea resuelto el expediente sancionador.
9.3.- Para la aplicación de
las sanciones será de aplicación
lo dispuesto en la normativa sancionadora
de la Universidad de Zaragoza. |