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El Defensor Universitario admitirá a trámite las quejas, solicitudes o peticiones que hagan referencia a:
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la vulneración de derechos y libertades
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disfunciones, deficiencias, irregularidades y carencias observadas en el funcionamiento de los servicios universitarios
- las que promuevan la mejora de la calidad en la Universidad
El Defensor no podrá admitir a trámite las quejas, solicitudes o peticiones que:
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carezcan de un mínimo fundamento razonable
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sean contrarias a los fines que la Universidad establece en sus Estatutos
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se refieran a asuntos sobre los que esté pendiente un procedimiento administrativo o judicial
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no hayan agotado previamente todas las instancias y recursos previstos en los Estatutos
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traten asuntos sobre los que hayan transcurrido dos años, una vez que se hayan agotado las instancias y recursos previstos en los Estatutos
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