Artículo 1. Concepto
La Facultad de Medicina es el Centro de la Universidad de Zaragoza encargado de la organización general de las enseñanzas y de los procesos académicos, administrativos y de gestión conducentes a la obtención del título de la Licenciatura en Medicina y de cualquier otros de carácter y validez oficial que autoricen las autoridades competentes.
Artículo 2. Fines de la Facultad de Medicina
La Facultad de Medicina impulsará el desarrollo de la docencia superior y la investigación científica de las disciplinas recogidas en sus planes de estudio y, a través de sus distintas actividades, estará presente en la vida científica, social y cultural, especialmente, de la Comunidad Autónoma de Aragón, contribuyendo a su desarrollo.
Asimismo, la Facultad colaborará con todas las instituciones para fomentar el desarrollo cultural y social de todos los ciudadanos.
Artículo 3. Funciones de la Facultad de Medicina
Las funciones de La Facultad de Medicina son:
a) La organización y el desarrollo de la docencia de las titulaciones que imparte.
b) La supervisión del funcionamiento de las enseñanzas y de las actividades docentes de los departamentos en el Centro.
c) El establecimiento y el desarrollo de actividades y cursos de formación permanente, de especialización y de postgrado, fomentando especialmente la investigación y la transferencia de la misma.
d) La gestión académica de sus enseñanzas y la tramitación de los procedimientos en los ámbitos de su competencia.
e) La evaluación de las titulaciones que imparte.
f) La elevación de propuestas de creación de nuevas titulaciones, así como la de modificación y supresión de las ya existentes.
g) La elaboración, revisión y modificación de los planes de estudios de sus titulaciones.
h) La supervisión de cualesquiera otras enseñanzas oficiales en las que se utilice, con su autorización o conocimiento, el nombre del Centro.
i) El fomento de la investigación en Biomedicina.
j) La administración del presupuesto y los medios materiales que le correspondan, contando con la adecuada infraestructura administrativa.
k) La propuesta de dotación de personal de administración y servicios, así como la propuesta de los perfiles y los requisitos de aquellos puestos que requieren características específicas en relación con el
Centro.
l) La participación en el seguimiento y control de los servicios presentes en el Centro, así como la propuesta
de creación de otros servicios.
m) La promoción y seguimiento de los intercambios nacionales e internacionales de sus estudiantes y profesores así como de la realización por sus estudiantes de prácticas en empresas y entidades de todo tipo.
n) La dotación de los recursos necesarios para el ejercicio de las funciones de la Delegación de Estudiantes del Centro.
ñ) El apoyo a la inserción laboral de sus titulados y el seguimiento de la evolución de su mercado de trabajo.
o) La celebración de contratos con entidades públicas o privadas o con personas físicas en los términos establecidos en la legislación vigente.
p) La proyección de sus actividades en el entorno social y en especial con instituciones sanitarias, colegios
profesionales y sociedades científicas.
q) Cualesquiera otras funciones que, conforme a la ley, les asignen los Estatutos de la Universidad de Zaragoza y sus normas de desarrollo.
Artículo 4. Organización y funcionamiento
Los órganos de gobierno y administración de la Facultad de Medicina son su Junta, el Decano, el Profesor Secretario, los Vicedecanos y Adjuntos al Decano.
Artículo 5. Coordinación con los Departamentos
1. Los Departamentos, a efectos de una eficaz gestión, comunicarán al Decanato los cursos de doctorado, de especialización y cualquier otra actividad que afecte a la ordenación del Centro, en el ámbito de su competencia, que se propongan llevar a cabo para la organización de las actividades docentes y en su caso los remitirán a los organismos a los que corresponda su aprobación y demás efectos que procedan.
2. El Decanato habilitará adecuados mecanismos de coordinación que permitan cumplir de forma efectiva con las funciones encomendadas al Centro.
Artículo 6. Recursos económicos
1. Son recursos económicos de la Facultad:
a) Las asignaciones presupuestarias que le correspondan
según el presupuesto de la Universidad.
b) Cuantos recursos obtengan de conformidad con lo previsto en los Estatutos de la Universidad y en la legislación universitaria vigente.
2. El Decanato elevará anualmente al Rectorado un informe sobre la ejecución de su presupuesto.