29/5/2019

INFORMACIÓN ACADÉMICA

La Unidad de Protección de Datos informa de los criterios a seguir, según la AEPD, para la publicación de las calificaciones de alumnos

CRITERIOS PARA PUBLICAR LAS NOTAS DE LOS ALUMNOS

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), en un reciente Informe de fecha 21/05/2019, considera lícita la publicación de las calificaciones de los estudiantes, sin necesidad de contar con su consentimiento expreso.

Señala cómo el legislador ha reconocido en ello la existencia de un interés público y un interés legítimo por parte de los alumnos del grupo por lo que su publicación está amparada tanto en lo dispuesto en la normativa vigente en materia de Universidades (L.O. 6/2001 y L.O. 4/2007) como en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

Siendo lícita la publicación de las notas, la Agencia estima que deberán respetarse en todo caso los principios recogidos en el RGPD de modo que esta publicación suponga la menor injerencia posible en los derechos y libertades de los interesados para lo cual deberán tenerse en cuenta los siguientes

CRITERIOS:

  1. Excluir la posibilidad de conocimiento generalizado de las calificaciones (NO publicación en internet).
  2. Utilizar como medio preferente la publicación en intranet o en aula virtual con acceso limitado a profesores y compañeros de grupo.
  3. Si no fuera posible, utilizar los tablones de anuncios del centro, siempre que no se encuentren en las zonas comunes, se garantice que el acceso queda restringido a los interesados y se adopten las medidas necesarias para evitar su público conocimiento por quienes carecen de interés en el mismo.
  4. Los datos a publicar deberán limitarse al nombre y apellidos del alumno y la calificación obtenida. Sólo en caso de que hubiera alumnos con los mismos nombres y apellidos deberá publicarse para ellos cuatro cifras aleatorias de su DNI o equivalente, siguiendo estos criterios: https://www.aepd.es/media/docs/orientaciones-da7.pdf
  5. La publicación de calificaciones provisionales sólo se mantendrá mientras transcurre el plazo para presentar reclamaciones.
  6. La publicación de las calificaciones definitivas lo será durante el tiempo imprescindible que garantice su conocimiento para todos los interesados.

Puedes encontrar el informe completo en:

https://www.aepd.es/media/informes/2019-0030-publicacion-calificaciones.pdf

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