Se ha publicado por parte del Gobierno de Aragón una nota informativa por la que se anuncia la modificación de la Orden de 12 de febrero de 2014, del Consejero de Industria e Innovación por la que se convocan subvenciones destinadas a la contratación de personal investigador predoctoral en formación para el año 2014:
http://www.aragonhoy.net/index.php/mod.noticias/mem.detalle/area.1020/id.146117
La Orden que se va a modificar indicaba que, el personal investigador en formación debía reunir una serie de requisitos en la fecha de publicación de la convocatoria, entre ellos estar admitido en un programa de doctorado de las universidades que desarrollan su actividad en Aragón, en el curso 2013-2014. La normativa nacional anterior (RD 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias) consideraba que los máster formaban parte del programa de doctorado. Sin embargo, el RD 99/2011, de 28 de enero, que regula las enseñanzas oficiales de doctorado, introduce un cambio sustancial que indica que para acceder al programa de doctorado hay que estar ya en posesión del título de máster.
En el proceso de implantación del espacio Europeo de Educación Superior se produce una situación transitoria entre las dos normativas por la que un grupo de licenciados, ingenieros o arquitectos quedaban fuera de esta convocatoria, aún habiendo cursado 300 créditos ECTS en sus estudios superiores que son los que se exigen actualmente para acceder a un programa de doctorado- y habiendo cursado o cursando un máster, que si con la normativa anterior formaba parte del doctorado, con la actual quedaría fuera. El Departamento de Industria e Innovación, sensible con esta situación, introduce ahora los cambios oportunos.
Así, la modificación que aparecerá reflejada en la nueva Orden que publicará en los próximos días el Boletín Oficial de Aragón, incluye un punto que permitirá admitir los supuestos citados. Con carácter excepcional se considerará que están admitidos en un programa de doctorado los licenciados, ingenieros o arquitectos que hayan cursado o estén cursando un máster verificado de acuerdo con el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
Consecuentemente, se abrirá un plazo de 10 días hábiles tras la publicación de la Orden en el BOA para que las personas que estén en esta situación puedan presentar sus solicitudes si es que no lo han hecho ya. Se informará de los plazos internos e instrucciones de presentación de la documentación necesaria en el Servicio de Gestión de la Investigación de la Universidad de Zaragoza en cuanto sea publicada.