La propuesta sin embargo, no distingue modalidades, siendo idéntica la solicitud. El investigador, de acuerdo con los objetivos de su propuesta, remitirá la solicitud a la oficina correspondiente, donde se revisará antes de la confirmación y firma.
Para la revisión previa a la firma electrónica, es necesario que haga llegar a la oficina correspondiente (SGI u OTRI), dependiendo de la modalidad elegida, el borrador de la solicitud (se descarga en pdf) y la memoria técnica del proyecto, hasta el viernes 10 de enero de 2014.
Envio a SGI: gesinves@unizar.es
Envio a OTRI: otri@unizar.es
Una vez confirmada la solicitud, debe entregar en la oficina que corresponda, el documento generado con las firmas del equipo investigador, así como el resto de documentación exigida en la Convocatoria (autorizaciones de miembros externos a la entidad, etc...). Dicha documentación debe entregarse con fecha límite 13 de enero de 2014, de manera que pueda realizarse la firma electrónica en el plazo legal fijado.
Hay un único plazo de solicitudes, desde el 16 de diciembre de 2013 hasta el 15 de enero de 2014, a las 15:00 horas (hora peninsular española).
Recordamos las condiciones de participación del Investigador principal y de los miembros de los equipos:
1.- Podrán ser investigadores principales, salvo que el régimen jurídico aplicable a su relación laboral les impida participar en esta convocatoria:
a) Doctores.
2. El investigador principal deberá cumplir los siguientes requisitos:
a) Pertenecer a la plantilla de la entidad solicitante y tener formalizada con ella su vinculación funcionarial, estatutaria o laboral (indefinida o temporal) que cubra, al menos, el plazo de ejecución del proyecto.
Quienes participen en esta convocatoria en calidad de candidatos «Ramón y Cajal» (convocatoria 2012) u otros programas de contratación de doctores, bien de la Administración del Estado o de las comunidades autónomas, que en la fecha de finalización de presentación de solicitudes no hubiesen formalizado aún su relación contractual con la entidad solicitante deberán presentar junto con la solicitud el acuerdo de incorporación entre el investigador y la entidad solicitante.
b) Encontrarse en servicio activo y realizar actividad investigadora.
c) Contar con una jornada laboral en la entidad solicitante a tiempo completo o a tiempo parcial de un mínimo de 800 horas anuales.
d) Figurar en una única solicitud de proyecto en esta actuación, bien en la modalidad «Explora Ciencia», o bien en la modalidad «Explora Tecnología».
3. Podrán pertenecer al equipo de investigación del proyecto solicitado doctores y titulados superiores que cumplan los siguientes requisitos:
a) Pertenecer a la plantilla de la entidad solicitante o asociada o de alguna otra entidad que cumpla los requisitos del artículo 4 y tener formalizada con ella su vinculación funcionarial, estatutaria o laboral (indefinida o temporal) que cubra, al menos, el plazo de ejecución del proyecto.
Los componentes del equipo de investigación que pertenezcan a una entidad diferente a la beneficiaria deberán contar con la autorización expresa de la entidad a la que pertenezcan. Esta documentación quedará en poder de la entidad solicitante, que será la responsable de que el personal del equipo de investigación no vinculado funcionarial, laboral o estatutariamente a la misma cuente con dicha autorización.
b) Encontrarse en servicio activo y realizar actividad investigadora.
4. No se establecen condiciones de dedicación ni de incompatibilidad en esta actuación, salvo lo indicado en el apartado 2.d).
5. Las personas que participen en la ejecución del proyecto y no cumplan los requisitos que se exigen a los componentes del equipo de investigación, tales como personal en formación, técnicos de apoyo, personal contratado, profesores invitados, personal investigador perteneciente a entidades de investigación sin domicilio social en España, formarán parte del equipo de trabajo.
Las tareas a desempeñar por los componentes del equipo de trabajo se definirán en el plan de trabajo incluido en la memoria científico-técnica y se podrán imputar al proyecto los gastos derivados de las mismas.