El Ministerio de Presidencia convoca estas ayudas que van a ser gestionadas por Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. La finalidad de esta subvención es la financiación de proyectos de investigación finalista e innovación en los sectores vacuno de carne, vacuno de leche, porcino, ovino, caprino, avícola y cunícola que aplicarán la investigación aplicada y la innovación a la producción primaria en las explotaciones con el objeto último de mejorar los resultados de su cuenta de explotación, incrementando por tanto la competitividad de cada uno de sus socios.
Beneficiarios
Agrupaciones de productores de los sectores productivos de vacuno de carne, vacuno de leche, ovino, caprino, porcino, avícola y cunícola
Características
Permite la Subcontratación, entre otros, con centros públicos de I+D+i (Universidades)
La subcontratación no podrá exceder del 95 % de las actuaciones
Deberá firmarse un acuerdo de colaboración o contratación por escrito mediante un documento contractual que lo regule. En cualquier caso, se considerará al beneficiario como contratista principal y líder del proyecto
La duración máxima de los proyectos será de tres años como máximo hasta 15 de octubre de 2015
Presentación de solicitudes finaliza el 25 de junio de 2013
Porcentaje máximo de la ayuda.
Los gastos subvencionables correspondientes a estas ayudas se limitará al 35 % del coste subvencionable en el caso de medianas empresas, o 45 % en el caso de pequeñas empresas. Ampliable al 50%
La intensidad máxima de la ayuda - 300.000 euros por proyecto subvencionable
Mas Información:
Objetivos:
a) Optimizar los costes de producción, (costes alimentación, gasto energia, mejora sostenibilidad medioambiental)
b) Mejora genética, de parámetros reproductivos y sanitarios, para optimizar las condiciones de producción y mejorar índices productivos, incrementar la competitividad y rentabilidad y disponer de terapias adecuadas ante las enfermedades animales más comunes.
c) Incrementar el valor añadido de la producción, así como la diversidad comercial, para adaptar la oferta a la demanda y aumentar el consumo, incluyendo el desarrollo de nuevos modelos de negocio y organización conjunta.
d) Mejora del conocimiento de los sectores: avanzando con las herramientas actuales en aquellos donde existe, e instaurando, cuando sea necesario nuevas estadísticas o programas de estudio. Contar con asesoramiento que permita habilitar mecanismos para tener en tiempo lo más real posible la información económica de importancia para cada sector.
e) En el caso de proyectos destinados a la especie porcina, estos deberán contemplar como objetivo principal la optimización de sistemas de producción, mediante innovaciones que favorezcan el bienestar de los animales. Este objetivo podrá complementarse con alguno de los señalados en los apartados anteriores.
Gastos subvencionables.
a) Gastos de personal: Gastos debidos a la imputación de costes de personal ajeno al vinculado estatutaria o contractualmente con el beneficiario o el agente realizador, que podrá incorporarse al proyecto durante todo o parte del tiempo de duración previsto, siempre y cuando éste se encuentre exclusivamente dedicado al proyecto de investigación;
Como excepción a lo señalado en el párrafo anterior, en proyectos no sujetos a subcontratación de personal a un agente realizador, se permitirá el pago de gastos de un técnico vinculado estatutaria o contractualmente a la agrupación beneficiaria, siempre que se acredite su dedicación exclusiva al proyecto de investigación.
b) Gastos de instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto de investigación. Si el instrumental y el material no se utilizan exclusivamente para el proyecto, sólo se considerarán subvencionables los costes de amortización que correspondan a la duración del proyecto de investigación, divididos en las correspondientes cuotas de amortización, y calculados sobre la base de las buenas prácticas contables;
c) Gastos de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a precios de mercado, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia y sin elemento alguno de colusión, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación;
d) Otros gastos: este concepto incluirá gastos generales suplementarios directamente derivados del proyecto, así como otros costes de funcionamiento, incluidos costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente de la actividad de investigación.