Este reglamento regula dos situaciones:
- Estancias breves de investigación, de duración inferior a 12 meses, y sus posibles prórrogas. Los interesados cumplimentarán el impreso correspondiente y necesitarán la autorización del director de la unidad correspondiente.
- Estancias largas de investigación, de duración igual o superior a 12 meses, que podrá conllevar el reconocimiento como Investigador externo vinculado. Como requisito previo para formalizar la relación de vinculación, será necesaria la firma de un convenio, entre la Universidad de Zaragoza y la entidad de origen de los investigadores. El investigador presentará la propuesta en el impreso correspondiente, y dirigida al vicerrector con competencias en investigación, que resolverá, declarando la procedencia o no de dicha vinculación.
Los investigadores de institutos o centros mixtos, en los que participa la Universidad de Zaragoza, se regirán por lo previsto en el convenio de creación o participación, por lo que no les será de aplicación los procedimientos establecidos en el presente reglamento, salvo en los aspectos no regulados en el convenio citado.
En el caso de que exista un convenio de colaboración entre la entidad de origen del investigador que solicite la vinculación, que no contemple la totalidad de los requisitos establecidos en este reglamento, será necesaria la firma de una adenda a dicho convenio.
El reglamento y los impresos correspondientes se adjuntan a esta información y pueden consultarse, asimismo, en la siguiente dirección:
http://www.unizar.es/gobierno/gerente/vg_investigacion/EstanciasBrev_MMtmp1b7345da/EstanciasBrevesyVinculados.htm
Las consultas relacionadas con la aplicación de este reglamento pueden realizarlas a la Vicegerencia de Investigación: cbaras@unizar.es, ext. 3109.