Teniendo en cuenta el acuerdo de Consejo de Gobierno de 31 de octubre de 2012 sobre la Racionalización de la Gestión Económica, dispuesto en la página Web de inicio de la UZ, y en relación a los tribunales de tesis doctorales, según acuerdo de la Comisión de Doctorado de fecha 13 de diciembre de 2012, se estima que deberá limitarse la presencia de miembros extranjeros en los tribunales de tesis, por lo que se abonarán exclusivamente los gastos correspondientes a UN miembro extranjero, conforme a la normativa aprobada en su día por Junta de Gobierno y que está en http://wzar.unizar.es/servicios/docto/docs/legis/extrib.pdf
Si se propusiera un segundo miembro extranjero para el mismo tribunal, a éste se le abonarán las dietas como a cualquier profesor residente en España, o bien la cantidad fija por desplazamiento existente en la actualidad. En este caso, Departamento o Instituto Universitario, en cuyo seno se ha realizado la tesis, indicará el nombre y apellidos del miembro de procedencia extranjera al que se desea que se le abone por los dos conceptos, en el caso de tesis de doctorado europeo o internacional, (dietas por España y desplazamiento entre el país extranjero y España).